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martes, 21 de enero de 2014

DESIGUALDAD


(Crecimiento Vrs. Consumismo)

La semana pasada fue la entrega del segundo informe del gobierno en turno, el cual se vio opacado por un “atentado” en contra de la vicepresidenta, y a pesar de que los medios de comunicación se enfocaron en darle tanta cobertura noticiosa no puede escapar de mis ojos un dato que me llamo mucho la atención, y es que, según el informe presentado Guatemala durante el año 2013, obtuvo un crecimiento económico del 3.5% en su producto interno bruto, sin embargo este crecimiento solamente es para el sector empresarial y el mismo no se ve reflejado en el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, esto trae a mi memoria  un dato que proporciono en el mes de octubre Edgar Barquín, presidente del Banguat  y fue que para el año 2014 se avizora "un panorama alentador" en torno a las condiciones económicas, pues además de una progresión de hasta el 3,9 por ciento, se espera una elevación en la demanda agregada interna de hogares y empresas.

En Guatemala 9.7 Millones de personas están en edad para poder trabajar de las cuales  5.7 Millones están dentro de la población económicamente activa y de esta cantidad el 70% se encuentra en el sector informal, y si verificamos por sector el área rural nacional del total de población económicamente activa cuenta con el 79% en la economía informal. Estos datos son preocupantes porque a pesar de que existe un crecimiento económico en nuestro país, el mismo no se ve reflejado en más fuentes de empleo y que vengan a reducir los altos índices de desempleo e ir eliminando la informalidad de nuestra economía. No hay duda que Guatemala sigue siendo un país con mucha desigualdad y que cada vez un sector se hace más rico y otro cada vez se hace más pobre.

Para cambiar estas condiciones se necesitan leyes que realmente busquen la igualdad (reforma tributaria justa y equitativa) y que el gobierno deje de estar “interpelándosela” y enfocarse a buscar consensos que vayan entorno al mejoramiento de condiciones de vida de la población. Así mismo los proyectos de infraestructura deben de mejorar la accesibilidad de todos los sectores y en especial del área rural, se debe apoyar al microempresario y generar proyectos productivos en el área rural. Necesitamos proyectos que cambien las condiciones de vida y que generen desarrollo. 

Para terminar quiero recordar otro dato proporcionado en el mes de octubre a través del director ejecutivo de la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), Javier Zepeda, y fue que los sectores que han tenido un mayor crecimiento durante el 2013 son los alimentos, bebidas, además de las áreas de vestuarios y textiles. Esto nos refleja que el crecimiento económico del sector empresarial se debe al consumismo de la población y no por la generación de proyectos de inversión para el país.

lunes, 13 de enero de 2014

LA DEMANDA EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO TRIBUTARIO.


La demanda es el acto típico de iniciación procesal. Por este acto procesal se inicia el proceso. El derecho de acción se ejerce a través de la demanda por medio de la cual se deduce la pretensión en contra del demandado.

En nuestra legislación procesal civil el CPCYM regula los requisitos que debe contener la demanda, y si bien el articulo 106 específicamente se refiere al contenido de la demanda, estimamos que para fijar su contenido debemos conjugarlo con el artículo 61, que nos indica cuales son los requisitos de toda primer solicitud; y siendo la demanda primera solicitud que se presente ante el órgano jurisdiccional y que inicia el proceso, debemos cumplir con dichos requisitos. Así el citado artículo 61 nos indica que la primera solicitud que se presente a los tribunales de justicia contendrá: 1. designación de juez o tribunal a quien se dirija, 2. Nombres y Apellidos del solicitante o de la persona que lo representa, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión y oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones. 3. Relación delos hechos a que se refiere la petición, 4. Fundamentos de derecho en que se apoya la solicitud, citando las leyes respectivas, 5. Nombres, apellido y residencia de las personas, de quienes se reclaman un derecho; si se ignorare la residencia, se hará constar, 6. La petición en términos precisos, 7. Lugar y fecha 8. Firmas de solicitante y el abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de este; si el solicitante no sabe o no puede firmar, lo hará por el otra persona o el abogado que lo auxilie.

Como hemos indicado, el artículo 106 se refiere específicamente al contenido de la demanda, indicándonos que en la demanda se fijara con claridad y precisión los hechos en que se funde, las pruebas que van a rendirse, los fundamentos de derecho y la petición. Por su parte el 107 prescribe que con la demanda se deberá acompañar los documentos en que se funde el derecho el actor. Si no los tuviere a su disposición los mencionara con la individualidad posible, expresando lo que de ellos resulte, y designara el archivo, oficinas públicas o lugar donde se encuentren los originales.

Por su parte la Ley de lo Contencioso Administrativo, en su artículo 28 regula los requisitos del memorial de la demanda, el cual contiene lo mismo que una demanda civil, con la observación de que adicionalmente debe indicarse: “La identificación del Expediente Administrativo de la Resolución que se controvierte, de la última notificación al actor de las personas que se aparezcan con interés en el expediente y del lugar donde esta puedan ser notificadas, todo ello cuando fuere el caso”.

En el orden penal la acusación, a nuestro criterio, cumple las funciones de la demanda. Así el código procesal penal, en su artículo 332, BIS, indica que “con la petición apertura a juicio se formulara la acusación, que deberá contener: 1. Los datos que sirvan para identificar o individualizar al imputado, el nombre de su defensor, el nombre de su defensor y la indicación del lugar para notificarles, 2. La relación clara, precisa y circunstanciada del hecho unible que se le atribuye y su calificación jurídica, 3. Los fundamentos resumidos de la imputación, con expresión de los medios de investigación utilizados y que determinen la probabilidad que el imputado cometió el delito por el cual se le acusa, 4. La calificación jurídica del hecho punible razonándose el delito que cada uno de los individuos a cometido, la forma de participación, el grado de ejecución y las circunstancias agravantes y atenuantes aplicables, 5. La indicación del tribunal competente para el juicio.

Para enfocarnos específicamente al proceso que nos trae a la realización de la presente publicación, y  que es, el Proceso de lo Contencioso Administrativo, la Ley específica nos indica que al cumplir con los requisitos del artículo 28 de LCA y 61 CPCYM  se debe dar trámite a su admisión tal y como lo indica el artículo 33 de LCA ADMISION “encontrándose los antecedentes en el tribunal, este examinará la demanda con relación a los mismos y si la encontrara arreglada de Derecho, la admitirá para su trámite. La resolución se dictara dentro de los tres días siguientes a aquel en que se hayan recibido los antecedentes o en que haya vencido el plazo para su envió”.

Posterior a la Admisión a la demanda el artículo 35 de la Ley de Contencioso Administrativo nos indica que se emplazará al demandado y a los interesados en el proceso. EMPLAZAMIENTO “es en la resolución de trámite de la demanda se emplazará al órgano administrativo o institución descentralizada demandado, a la PGN, a las personas que aparezcan con interés en el expediente y, cuando el proceso se refiera al control y fiscalización de la Hacienda Pública también a la Contraloría General de Cuentas dándoles audiencias por un plazo común de 15 días”.

Sin embargo los emplazados dentro de los primeros cinco días pueden interponer excepción previa, referente a demanda defectuosa como lo indica el inciso C) del artículo 36 de la LCA.

EL PRESUPUESTO MAESTRO Y LOS EFECTOS EN LAS ASOCIACIONES CIVILES


Las asociaciones civiles se constituyen en alternativas de desarrollo que permiten cubrir  diferentes necesidades de la población,  enmarcando su labor a diferentes destinos como: educación, salud, microcréditos, vivienda, entre otras. Es por ello que se hace necesario e indispensable implementar una herramienta que les apoye en cuanto a la administración financiera, ya que si se tiene cuidado en su aplicación se puede constituir en una fortaleza al momento de aplicar el control administrativo financiero, y de esta manera garantizar que sus operaciones no se vean interrumpidas.
 
Al momento de contar con un presupuesto maestro ayudaría a obtener una administración adecuada dentro de la asociación civil, ya que se contaría con un documento que les establezca los parámetros a seguir en cuanto a sus gastos y la gestión de ingresos. Un presupuesto maestro no es más que la integración de todos los presupuestos de los departamentos con que cuenta la asociación, acompañado de un plan estratégico que les establezca los objetivos a perseguir y les delimite las responsabilidades de cada dependencia.
 
En la actualidad son escasas las organizaciones que poseen un presupuesto maestro, y este problema se ve reflejado en un 96% de las asociaciones civiles que se dedican a ejecutar proyectos de desarrollo comunitario según un estudio realizado en Quetzaltenango en el 2011. Debido a que las mismas se rigen únicamente al presupuesto asignado para el desarrollo del proyecto y que el mismo ha sido elaborado por la entidad financista, como lo puede ser: una Institución de Gobierno o Cooperación Internacional.  Corriendo el riesgo de cese de operaciones al momento de quedarse sin proyectos asignados.
 
Si las asociaciones civiles tomaran en consideración la implementación del presupuesto maestro que contiene los presupuestos que se enumeran a continuación.
 
  1. Presupuesto de Ingresos.
  2. Presupuesto de requerimiento de materiales.
  3. Presupuesto de sueldo y salarios.
  4. Presupuesto de gastos.
  5. Presupuesto de administración.
  6. Presupuesto de inversión.
  7. Estados Financieros. y
 
Aunado al plan estratégico se podría tener beneficios como por ejemplo: objetivos claros de la entidad, delimitación de autoridad y responsabilidades, fácil control de actividades, efectividad y eficiencia en el manejo de los recursos de la entidad entre otros, y con esto garantizar el cumplimiento de los fines por el cual fue creada.