Concepto:
Es toda
aquella persona individual, jurídica o profesional liberal, que trabaja por
cuenta propia o que tiene una pequeña empresa y cuyas ventas o prestación de
servicios no superan los ciento cincuenta mil quetzales durante un año
calendario (Q150,000.00).
Periodo de imposición.
Es el periodo
de tiempo durante el cual se computan los ingresos para posteriormente
determinar el impuesto a pagar. Para este caso, el período es mensual.
Tarifa:
El
pequeño contribuyente esta afecto únicamente al Impuesto al Valor Agregado
–IVA-con un porcentaje del 5% sobre los ingresos totales de las ventas realizadas
o la prestación de los servicios.
Forma de pago:
El pago se efectuara de manera mensual en las formas
siguientes:
- Pago directo en ventanilla o
- Estará sujeto de retención del 5% cuando la persona que paga está calificada como agente de retención de IVA.
Esto se refiere a las obligaciones establecidas en el Código Tributario y otras leyes, que no implican el pago de impuesto, pero que igualmente deben ser cumplidas para no recibir una sanción por parte de SAT. Siendo estas las siguientes:
- Inscribirse ante la Superintendencia de Administración Tributaria SAT.
- Habilitar el libro de pequeño contribuyente. (Ingresos y egresos).
- Autorizar y entregar facturas.
- Dar aviso por cualquier cambio en sus datos registrados ante SAT.
- Presentar la declaración de impuestos mensualmente. y
- Otras que pueda especificar la ley.
Dentro de las obligaciones de los pequeños contribuyentes se encuentran las siguientes:
- Habilitar el libro de pequeño contribuyente y llevar al día los registros.
- Autorizar documentos ante SAT. En este caso se refiere a las facturas correspondientes. (La sanción por no emitir facturas o emitir facturas no autorizadas la sanción será el cierre temporal).
- Emitir facturas con caracteres legibles y permanentes.
- Emitir factura por ventas mayores de Q50.00.
- Exigir facturas por las compras realizadas o servicios adquiridos.
- Identificación del documento, con la siguiente frase: FACTURA DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE.
- Serie y número correlativo de la factura.
- Debe llevar consignada la frase: NO GENERA DERECHO A CRÉDITO FISCAL.
- Nombre y apellidos completos y nombre comercial o denominación social y nombre comercial de quien emite la factura.
- Número de Identificación Tributaria –NIT- de quien emite la factura.
- Dirección del establecimiento o dirección de la oficina donde se emite la factura.
- Fecha de la emisión de la factura.
- Fecha de emisión de la factura.
- Nombre y apellido o denominación social de la persona que realizó la compra o recibió la prestación del servicio.
- Número de Identificación Tributaria –NIT-, de la persona que realiza la compra, si en dado caso no cuenta con el NIT, consignar la palabra: CONSUMIDOR FINAL.
- Descripción de la venta o prestación de servicios.
- Descuentos concedidos.
- Otros cargos aplicados, y por último.
- Precio total de la venta o servicio.
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